Historia

 

      

Durante la vigencia de la constitución de 1961 era de la competencia del poder nacional, todo lo relativo de la apertura y conservación de la vías de comunicación nacionales, y ésta fue transferida posteriormente a los estados, con fundamento en la descentralización administrativa conforme al artículo 137 constitucional, el cual fue regulado para la descentralización, delimitación y transferencia de competencias del poder público que en su artículo 11 ordinal 3º, transfería a los estados la competencia relativa a la conservación, administración y aprovechamiento de las carreteras, puentes y autopistas en sus territorios.

El Gobernador del Estado Carabobo, emite la Ley mediante la cual el estado asume la administración y el mantenimiento de las vías de comunicación terrestre; así como la  conservación, administración y aprovechamiento de las carreteras,  puentes y autopistas que se encuentran dentro del estado, siendo publicada en Gaceta Oficial del Estado Carabobo Extraordinaria Nº 493 de fecha 10 de Enero de 1994. Debido a esto, es creado en esta misma fecha el Instituto Autónomo Regional de Vialidad del Estado Carabobo (INVIAL) con patrimonio propio, distinto e independiente del fisco estatal, adscrito a la Secretaría de Desarrollo Económico. De  acuerdo a la ley, es competencia del Instituto cumplir con la organización, gestión diaria y gerencia de las operaciones en materia vial; la vigilancia, control, inspección y supervisión de los servicios prestados. De igual forma, planificar, proyectar y construir directamente las obras de vialidad del estado Carabobo. Pero es en realidad, el  21 de Abril de 1994, que INVIAL asume la responsabilidad sobre los servicios de recaudación y los bienes muebles e inmuebles de las estaciones de peaje situadas en el Estado Carabobo, transferido por el Ministerio de Hacienda. Es a partir de ese momento cuando se comienza a mantener la vialidad principal del Estado con recursos propios, y por tanto es cuando se inicia el cambio de imagen de nuestro Estado.

Dos años después de haber iniciado labores, INVIAL decide la creación de un equipo élite para conformar el cuerpo de Patrulleros de Carreteras, para lo cual se realiza el alquiler de las primeras unidades de patrullaje vial, así como la selección de un valioso equipo de hombres de alto desempeño, capacitado y entrenado para tal fin.

Seguidamente esta ley fue objeto de modificación, según la Ley de Reforma Parcial de la Ley mediante la cual el Estado Carabobo asume la administración y mantenimiento de las vías de comunicación terrestres, publicada en Gaceta Oficial del Estado Carabobo Extraordinaria Nº 762 de fecha 12 de Diciembre de 1997, en la cual se modifican las facultades de la Junta Directiva, las atribuciones del Presidente del Instituto, funciones que corresponden al Gobernador del Estado y disposiciones del régimen presupuestario, entre otros cambios.

El 27 de Enero de 2006, el Gobernador del Estado Carabobo, bajo la Gaceta Oficial del Estado Carabobo, Extraordinaria Nº 2001, contentiva del Decreto Nº 599 de la misma fecha, adecua la

adscripción de los organismos de la Administración Pública Centralizada del Estado de acuerdo con el ámbito sectorial que corresponda, siendo el Instituto Autónomo Regional de Vialidad del Estado Carabobo adscrito a la Secretaría de Infraestructura, con la finalidad de lograr una mayor eficiencia, coordinación y control de la actividad administrativa.

En la actualidad, Invial realiza el mantenimiento de las Autopistas y Carreteras principales del Estado, construye obras de gran envergadura para ampliar la capacidad vial y garantiza la operatividad y seguridad en estas vías a través equipos de monitoreo vial,  patrullaje durante las 24 horas del día y grúas para la atención inmediata de nuestros usuarios; esto aunado a una constante mejora de nuestro capital humano y nuestras actividades.

 

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